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Carta de Servicios de Boletín Oficial de la Provincia

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QUIÉNES SOMOS

El Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOPA) es el periódico oficial de la provincia y se gestiona a través del Servicio de Transparencia, BOP e Imprenta.

En el BOPA se publican las disposiciones de carácter general y las ordenanzas, así como los actos, edictos, acuerdos, notificaciones, anuncios y demás resoluciones de las Administraciones públicas y de la Administración de Justicia de ámbito territorial provincial, así como de otros operadores jurídicos, cuando así esté previsto por disposición legal o reglamentaria.

Los textos publicados en el Boletín Oficial de la Provincia tienen la consideración de oficiales y auténticos.

MISIÓN Y VISIÓN

La misión del Boletín Oficial de la Provincia es publicar cuantos textos sean remitidos por las personas usuarias del servicio por así estar previsto en disposición legal o reglamentaria.

La visión del Boletín es que el servicio que se presta a las personas usuarias, y a la sociedad en general, sea plenamente eficiente y accesible. 

El equipo del Boletín Oficial de la Provincia de Alicante

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE

Boletín Oficial de la Provincia

Avda. Orihuela, 128. 03006 Alicante

Teléfono: 965107371 – Ext.1112

Fax: 965107394

e-mail: edictos.bop@diputacionalicante.es

https://www.diputacionalicante.es

Horario de Atención: De 9:00h a 14:00h

SERVICIOS 

  • Inserción de anuncios y edictos en el B.O.P. para su publicación.
  • Consulta de anuncios y edictos publicados en el B.O.P.

COMPROMISOS

  1. Que todas las inserciones urgentes se publiquen en el plazo máximo de 1 día hábil.
  2. Que todas las inserciones ordinarias se publiquen en el plazo máximo de 4 días hábiles.

Siendo los plazos legales, 6 días para las inserciones urgentes y 15 días para las ordinarias. 

El plazo empezará a computarse desde el momento en que las inserciones cumplan con todos los requisitos exigidos por la Ley y las ordenanzas de gestión del servicio, teniendo en cuenta que, en caso de inserciones sujetas al pago previo de la tasa, este plazo no empezará a computar, además, hasta el momento que el Servicio del BOP tenga constancia de la realidad del pago de la tasa por parte del anunciante. 

  1. Que el 95 % de los boletines estén publicados en fecha y hora en la sede (antes de las 9:00 horas).
  2. Trabajaremos para conseguir la máxima satisfacción de las personas usuarias del servicio, consiguiendo una puntuación media mínima de un 8 sobre 10 en relación a la satisfacción con los plazos de publicación, aplicativo informático y trato y atención del personal del BOPA.

INDICADORES

  1. Porcentaje de inserciones urgentes publicadas en un plazo ≤ 1 día hábil.
  2. Porcentaje de inserciones ordinarias publicadas en un plazo ≤ 4 días hábiles.
  3. Porcentaje de boletines publicados en fecha y hora prevista en la sede.
  4. Puntuación de satisfacción obtenida en las encuestas de satisfacción (Plazos de publicación, Aplicativo y trato y atención).

AYÚDANOS A MEJORAR 

Los comentarios que las personas usuarias hagan sobre los aspectos de los servicios prestados, nos serán de gran ayuda para dar respuesta a sus demandas, por lo que agradecemos sinceramente esta colaboración.

Pueden colaborar con nosotros mediante la participación con sus sugerencias directamente en nuestro departamento, telefónicamente, por correo electrónico y en los cuestionarios de satisfacción. 

DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS

  • Derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de la solicitud de inserción/edicto a publicar.
  • Derecho a obtener orientación e información acerca de los requisitos necesarios para publicar edictos/anuncios.
  • Derecho a conocer el plazo aproximado y fecha de publicación del edicto a insertar o consultar.
  • Derecho a conocer la identidad del personal, bajo cuya responsabilidad se prestan los servicios.
  • Derecho a que el Boletín Oficial de la Provincia colabore activamente con las personas usuarias del servicio poniendo a su disposición cuanta información resulte necesaria para la gestión de las inserciones.

MEDIDAS DE SUBSANACIÓN 

En caso de incumplimiento de los compromisos, el Boletín realizará el análisis correspondiente e informará, junto con los resultados de los compromisos, de las medidas de subsanación adoptadas. 

En caso de peticiones de información respecto a estas medidas, se informará por el mismo canal de recepción, o por el que se señale.

SISTEMA DE QUEJAS/SUGERENCIAS

Puede hacer llegar sus quejas, sugerencias o agradecimientos que estime convenientes acerca de la prestación de los servicios: 

  • Directamente en las dependencias del servicio.
  • A través del registro general/sede electrónica de la Diputación.
  • A través de correo electrónico.
  • Por teléfono.
  • A través de las encuestas de satisfacción.

Se reflejará en el formato correspondiente y se contestará en un plazo no superior a un mes.

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS 

Los resultados de los compromisos se publicarán anualmente, en el primer trimestre del siguiente ejercicio, en el portal de Transparencia de la Diputación. 

Fecha de aprobación: noviembre de 2021

Periodo de vigencia: 4 años